Por cerca de cuarenta y cinco minutos se extendió la Audiencia que en su 143° período de sesiones realizó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hoy viernes 28 de octubre para recibir al Estado de Chile y a peticionarios de la ong Asesoría Ciudadana en torno al tema de las manifestaciones públicas y la respuesta estatal frente a ellas.
Durante los veinte minutos de su exposición, los egresados de Derecho de la Universidad de Chile Branislav Marelic e Italo Jaque expusieron las situaciones que se han vivido con motivo de las manifestaciones públicas en cuatro grandes áreas: Marco normativo sobre manifestaciones públicas; violencia contra manifestantes; abusos contra personas privadas de libertad; y, factores de impunidad que hacen que estos graves hechos queden sin investigación.
En esa línea, apuntaron con especial énfasis a las denuncias de tortura existentes, al Decreto Supremo 1086 de 1983 que pese a vulnerar la Convención aún regular el derecho a reunión pública y a la persistencia de la Justicia Militar pese a lo dictaminado por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pero lo más peculiar de la jornada vino con la exposición y descargos del Estado de Chile. En la respuesta, a cargo del abogado Miguel Ángel González y de un Mayor de Carabineros, no sólo se desvío la atención hacia la violencia cometida por manifestantes sino que además se desvirtuaron hechos e incluso se mintió acerca del derecho aplicable.
Este es el “compilado” de los 170 videos que los peticionarios llevaron a la Comisión junto al informe de cerca de doscientas páginas.
Para abrir, González señaló que en Chile no se requiere ningún tipo de autorización para realizar manifestaciones públicas y que lo que se exige en el DS 1086/1983 es simplemente una notificación del evento a realizar y un acuerdo con la administración respecto del trazado.
Luego, el abogado pasó a referirse a que en Chile en realidad se vive una situación “compleja” en cuanto a la violencia en manifestaciones se refiere. Allí profundizó el resto de su intervención refiriéndose al origen de la violencia en grupos de manifestantes no pacíficos, a las tasas de detención respecto del total de manifestantes y a los protocolos bajos los que actúa la fuerza pública. Señaló que Carabineros no ataca a manifestantes pacíficos y que los despliegues en las manifestaciones se realizan precisamente para protegerlos. El Mayor de Carabineros presente en tanto, planteó a la Comisión la cantidad de Carabineros heridos en el curso de las manifestaciones de este año, la plena sujeción de su Institución a la Constitución y las leyes y, la existencia de medios institucionales para formular denuncias administrativas.
Ninguno de los dos representantes del Estado se refirió a las graves denuncias expresadas por los peticionarios respecto de los hechos de tortura y agresiones ocurridos sobre todo al interior de los vehículos y recintos policiales.
Antes de dar paso a réplicas de tres minutos, el Presidente de la Comisión dio la palabra a los comisionados para que manifestaran su opinión y formulasen preguntas.
Paulo Sergio Pinheiro, Relator en materia de Derechos del Niño, pidió al Estado “no tratar de justificar lo injustificable” refiriéndose a los hechos de violencia contra niños cometidos con motivo del control de orden público los que calificó de “deplorables”. Exigió además al Estado la modificación del Decreto Supremo 1086 de 1983; la eliminación de la Justicia Militar para delitos cometidos por uniformados contra civiles “para estar a la altura de una latinoamérica democrática”; y, conocer el proyecto de ley con el que el Gobierno pretende encarcelar a estudiantes que ocupen sus liceos y a los dirigentes que los convoquen a ello.
La Comisionada Luis Patricia Mejía, solicitó al Estado de Chile entregar el detalle del número de manifestaciones que han tenido lugar este año y cuántas de ellas han sido reprimidas “pues tiene información de que en todas ellas ha habido violencia”. Además solicitó la estadísticas de procesos judiciales relacionados al tema y los mecanismos de las Fuerzas Especiales de Carabineros para distinguir entre manifestantes pacíficos y manifestantes violentos.
Catalina Botero Marino, Relatora en materia de Libertad de Expresión, en tanto manifestó su preocupación en torno a las sanciones y el marco jurídico que en Chile pudieran estar desincentivando la libertad de expresión.
Ya en en los tres minutos de cierre concedidos a ambas partes, Branislav Marelic volvió a la carga con el Decreto Supremo dando lectura al artículo 15 de la Convención Americana que exige que la regulación del derecho de reunión se realice por Ley. Reiteró la necesidad de derogar la Justicia Militar y recalcó que su intención como peticionario no era hablar ante la CIDH sobre los encapuchados sino que sobre la violencia policial, señalando que absolutamente nada justifica la tortura.
Miguel Ángel González por su parte señaló que respecto del artículo 15 de la Convención existe una Observación de la Corte Interamericana que admite que por “Ley” puede entenderse también la normativa emanada de una potestad reglamentaria delegada y que fue ese precisamente el caso del Decreto Supremo de 1983 (nota de la edición: que además de ser firmado por Pinochet en Dictadura, corresponde en su género a una potestad reglamentaria autónoma), el que se ajustaba y se ajusta plenamente a la Constitución de la República.
Para finalizar, el representante de Chile señaló que su país es de los pocos que respetan la Convención Americana y que además “el respeto de los Derechos Humanos requiere de cambios culturales que toman tiempo” pese a lo cuál, ha visto como el Estado se ha esforzado en dar avances en la materia como es el caso de la Ley Antiterrorista.
En los próximos días, el video de la audiencia estará disponible en http://www.livestream.com/OASLive
Mientras que en este link http://bit.ly/s8gWYC es posible conocer el texto ocupado para el alegato por los peticionarios











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Mis estimados Señores:
Los Derechos Humanos en este País, hace mucho que para el efecto de manifestaciones del tipo que se han venido dando ultimamente, no existe, porque no son aplicables.Porque no existe el grado de conmoción interna que los haga aplicable, “no se quien está detras de todo esto, pero dejen sus “Impertus Alarmistas”, para ciuando realmente sean necesarios, no vaya a ser cierto aquello del cuento de “pedrito”, y quienes protestan no son en su gran mayoría niñitos; pero tambien es cierto, que detrás de “todo esto, existe un concierto de intereses, creados y manejados por esferas Políticas contrarias al Gobierno actual, hábidas de poder.El problema de la Educación, es un problema que se arrastra hace muchos años y empezó precisamente “CON EL GOLPE DE ESTADO”, cuando en éste y en otros ámbitos se modificó la Carta Fundamerntel, circunstancias que no fueron subsanadas, por los supuestos “Gobiernos Democráticos”, que vinieron con posterioridad, uno de los ejemplos de esto: lo constituye el Decreto Ley 600 ( sobre inversión extranjera) “que no fué modificado porque reunía los requicitos suficientes para permitir el enriquecimiento de todos aquellos Exonerados Políticos que Retornaban”, quienes trajeron sus propios negocios del extranjero y hoy son socios de estos grandes consorcios y empresas que son dueñas de el agua, la luz, la telefonía etc.etc.
En cuanto al Problema de la Educación, ” para hacerla realidad de un verdadero Derecho”, se debe necesariamente modificar la “CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA”, para hacer esto se necesitan, Politicos Concientes, de su actuar Político y Social y para ello se requiere que quienes manifiestan su voto de aprobación por un candidato, los ciudadanos, lo hagan en total LIBERTAD y con VOTO VÁLIDO, ESTO ES, SE DEBE MODIFICAR, EL SISTEMA BINOMINAL… porque éste es un voto perverso y no “REPRESENTA REALMENTE EL VOTO DE LA MAYORÍA”…SINO DE GRUPOS ORGANIZADOS…LOS CONCERTADOS… (que en la votaciones anteriores, recibieron algo de lo suyo… todo el tiempo no se le puede mentir al pueblo…).
Marco Inostroza Mora.
Estimado Marco, no obstante no compartimos su visión de inaplicabilidad de los DDHH en estados “de excepción” en tanto es justamente el momento en que son de más utilidad, agradecemos vuestro comentario. Le rogamos esté atento a la publicación del Informe sobre la materia que recopila cerca de cien casos de tortura entre otras violaciones de DDHH.
Atte.
Extensión
CEJFECH